EL AYUNTAMIENTO DE VALENCINA PONE EN MARCHA UN PROGRAMA EXCEPCIONAL DE AYUDAS DESTINADAS A ATENDER CASOS DERIVADOS DEL COVID-19
El Ayuntamiento comenzará a recibir y gestionar las solicitudes presentadas desde el próximo 1 de junio de 2020, en horario de 9 a 14 horas. La solicitud podrá descargarse desde la web del Ayuntamiento.
Más información en el teléfono 955721720 (opción 7) para contactar con los Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento.
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El Ayuntamiento de Valencina de la Concepción ha puesto en marcha un Programa Excepcional de concesión de ayudas destinadas a atender de forma extraordinaria situaciones derivadas del Covid-19. De este modo, según explica el alcalde, Antonio Manuel Suárez, “bucamos dar respuesta a situaciones de emergencia social y económica”, debidas al impacto de la pandemia del COVID-19, ya que la crisis sanitaria ha provocado “una paralización de numerosas actividades económicas y una crisis a nivel social y económico en numerosas unidades familiares”.
Podrán ser DESTINATARIAS de estas ayudas las personas que reúnan los siguientes requisitos:
* Ser mayor de 18 años, estar emancipado legalmente o excepcionalmente aquellos menores que tengan a su cargo hijos/as, así como menores huérfanos de padre y madre.
* Tener empadronamiento y residencia habitual en el municipio de Valencina de la Concepción.
* Pertenecer a una unidad familiar con ingresos en los siguientes umbrales económicos referidos al Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples, en el momento de valoración de la necesidad de la ayuda:
– Familia de 1 solo miembro: hasta 1,5 veces el IPREM: 806,76 €
– Familia de 2 miembros hasta 1,75 veces el IPREM: 941,22 €
– Familia de 3 o 4 miembros hasta 2 veces el IPREM: 1.075,68 €
– Familia de 5 o más miembros hasta 2,5 veces el PREM : 1.344,60 €
* Encontrarse en una situación de emergencia y necesidad social
A los efectos de las presentes ayudas, se entiende por unidad familiar todas las personas empadronadas y que convivan en el mismo domicilio.
Las MODALIDADES de ayudas a conceder son las siguientes:
* Necesidades básicas de alimentación, aseo personal e higiene doméstica
* Productos farmacéuticos, solo aquellos medicamentos no subvencionados o en la parte no subvencionada por el Sistema General de la Seguridad Social.
* Suministros básicos de electricidad, agua y gas, que no estén recogidos en el Bono Social
* Gastos de sepelio que no estén cubiertos por póliza de seguros individual o colectivo.
* Otras necesidades no contempladas, cuando no sea posible cubrirlas por medios propios ni mediante otras ayudas públicas, siempre que esté debidamente motivado y justificado.
La DURACIÓN del programa se establece durante seis meses desde la finalización del estado de alarma.
La SOLICITUD podrá descargarse de la página web del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción y entregarse, a partir del 1 de junio de 2020, en el Registro del Ayuntamiento, en horario de 9 a 14 horas. Para ello, se habilita dos días de recogida, lunes y miércoles, mediante cita previa en los Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento.
Para cualquier información pueden dirigirse al Teléfono 955721720, pulsando la opción 7 para contactar con los Servicios Sociales Comunitarios del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción.
La solicitud podrá ser presentada de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valencina de la Concepción para lo que se precisa disponer de certificado digital.
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